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Removería SCJN a presidente de la Cámara de Diputados por "omisión"

La SCJN envió un documento donde advirtieron al presidente de la Cámara de Diputados que estaría en riesgo de ser removido de su cargo por omisión a un fallo emitido hace siete meses.

Por: Jessy Chanona Salas 18 Mayo 2022 08 49

Hace pocas horas la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), emitió un documento mediante el cuál informó a la Cámara, a tarvés de su presidente, que cuentan con 10 días hábiles para comprobar que no hicieron caso omiso de un fallo emitido en torno a la reforma a la Ley del Uso de la Fuerza que presentaron desde el 26 de octubre del 2021.

De acuerdo con el documento, en San Lázaro recibieron el fallo desde la fecha ya mencionada, sin embargo ante la demanda de respuesta y la solicitud por parte de Sergio Gutiérrez Luna para aplazar el mismo, advirtieron que habrá sentencias en caso de no acreditar un avance durante los últimos meses.

El diputado presidente aseguró que solicitaron el aplazamiento debido a que ya existen iniciativas sobre el tema que se turnaron a las Comisiones Unidas de Gobernación y Población, y de Seguridad Ciudadana.

Sin embargo, al revisar con la secretaria técnica y el Senado, no encontraron un solo archivo o registro, por lo que negaron la extensión solicitada.

“Al respecto, no ha lugar a otorgar prórroga de plazo para el cumplimiento de la sentencia dictada en el presente asunto, ya que plazo fue claramente especificado por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.

“El Secretario General de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Senadores, después de una búsqueda en los archivos determinaron que no tienen registro de algún documento tendente a dar cumplimiento al fallo constitucional dictado en el presente asunto”, agregaron.

De manera que pidieron revisar las copias certificadas de los documentos que “acrediten los actos que ha llevado a cabo para lograr el cumplimiento fehaciente del fallo constitucional”.

Advirtieron también a Gutiérrez Luna que, "de ser omiso en este nuevo requerimiento, le impondrá una multa y le impondrá las sanciones fijadas en el artículo 46 de la Ley Reglamentaria del Artículo 105 constitucional, que incluyen separación de su cargo e incluso consignación por desacato".


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