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¿Qué le falta a Reforma Judicial para volverse una realidad?

El Senado de la República aprobó la Reforma Judicial pero todavía le quedan un par de requisitos para que se convierta en una realidad.

Por: Carlos Díaz G. 11 Septiembre 2024 09 48

En La Reforma Judicial consta de una serie de reformas a la Constitución Política de México, la máxima norma del país, de modo que debe atravesar por un proceso legislativo no solo en el Congreso de la Unión que se divide en Cámara de Diputados y Cámara de Senadores, sino también debe pasar por los Congresos de los Estados a modo de consenso federativo, es decir, escuchando a los Estados.

¿Qué le falta?

  • Ya fue aprobada en el Congreso de la Unión por dos terceras partes tanto de diputados como senadores.
  • El siguiente paso es que sea aprobada en las legislaturas de los Estados y de la Ciudad de México.
  • Cuando la mayoría de las legislaturas de las entidades federativas haya aprobado la reforma, es decir, en 17 congresos, quedará completado el proceso legislativo.
  • El Congreso de la Unión recibirá la notificación de los congresos de los Estados y podrá enviar la reforma al Poder Ejecutivo, es decir, al Presidente de la República.
  • El Presidente publicará la reforma en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y en ese momento se convertirá en una realidad jurídica. Entrará en vigor conforme lo marque la propia reforma.

La mayoría de reformas suelen entrar en vigor al día siguiente de su publicación, algunas el mismo día de su publicación y otras transcurriendo cierta cantidad de días.

¿Qué pasa si el Congreso de mi Estado no aprueba la reforma?

Aunque el Congreso de un Estado o el de la Ciudad de México no aprobaran una reforma, todo dependerá de si logra ser avalada en otras 17.

Si cumple la aprobación en las 17 legislaturas y finalmente es publicada en el DOF, la reforma entrará en efecto en todo el país aunque uno o varios Congresos locales hayan votado en contra.

En caso de ser rechazada en la mayoría de legislaturas, la reforma no entrará en efecto.

Para el caso particular de la Reforma Judicial, se espera que 24 legislaturas o más aprueben la reforma sin ninguna clase de contratiempo y en próximos días.

¿Qué dice la ley?

Sobre la aprobación de reformas a la Constitución, la propia Carta Magna dice:

Artículo 135. La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. Para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, se requiere que el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, acuerden las reformas o adiciones, y que éstas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los Estados y de la Ciudad de México”.

“El Congreso de la Unión o la Comisión Permanente en su caso, harán el cómputo de los votos de las Legislaturas y la declaración de haber sido aprobadas las adiciones o reformas”

 


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