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No me ha llegado mi devolución de impuestos ¿qué sigue?

* ¿Cómo saber el estatus de mi Declaración?

* Se han rechazado muchísimas

* No te rindas

* Lo que debes hacer

Por: Redacción 31 Mayo 2025 08 25

Por Flor Ileana Vargas Nata.

Cada año en el mes de abril, las personas físicas tienen la posibilidad u obligación de presentar su declaración anual de impuesto sobre la renta, lo que significa que le informan al Servicio de Administración Tributaria (SAT) a cuanto ascendieron sus ingresos del año anterior y señalan las deducciones y retenciones para llegar a un resultado fiscal del ejercicio, siempre con la esperanza de conseguir un saldo a favor, mismo que se puede obtener en devolución.

Los últimos años, a modo de incentivar que las personas cumplieran sus obligaciones e informaran respecto de sus ingresos, el SAT procedía a devolver las cantidades de saldo a favor en un promedio de 10 días después de la presentación de la declaración, sin embargo, este año no se ha corrido con la misma suerte.

Atendiendo a lo establecido en el Código Fiscal de la Federación, a partir de la fecha de presentación de la declaración, la autoridad tiene el plazo de 40 días hábiles para realizar la devolución de saldo a favor correspondiente, no obstante, si la autoridad detecta algún tipo de inconsistencia o irregularidad, es probable que proceda a hacer un requerimiento de información vía buzón tributario con la finalidad de corroborar la información presentada o incluso rechazarla.

Ahora, ¿Cómo puedo saber el estatus de mi declaración anual?

El primer paso es ingresar a la página del SAT, https://www.sat.gob.mx/ , para proceder de la siguiente manera:

  1. Trámites y servicios

  2. Más trámites y servicios

  3. Constancias, devoluciones y notificaciones

  4. Devoluciones y Compensaciones

  5. Estado de tu devolución

  6. Ingresar a tu Buzon tributario

  7. Tipo de solicitud

  8. Devolución automática ejercicio 2024

En ese apartado se podrá visualizar si se encuentra aún en proceso de validación, en proceso de pago, pagada, rechazada, requerida o aprobada parcial.

 La mala noticia es que este año se han rechazado muchísimas declaraciones en comparación de ejercicios anteriores, siendo algunas de las causas inconsistencias en datos personales, errores en datos bancarios (CLABE interbancaria del contribuyente), omisiones de ingresos o inconsistencias con los comprobantes fiscales que se tomaron en cuenta para la misma, aunque en otros casos sin razón aparente.

¿Que está solicitando el SAT en algunos de estos casos?

 Subsanar las inconsistencias y revisar el origen del saldo a favor, para lo que señalan presentar tu solicitud de saldo a favor en el Formato Electrónico de Devoluciones a través del Portal del SAT, adjuntando un papel de trabajo con la integración de Ingresos y Retenciones manifestados en la declaración anual, incluyendo los comprobantes fiscales de percepciones, retenciones y deducciones personales, así como los estados de cuenta donde se observen los pagos correspondientes.

¿Entonces qué sigue?

Si el estado de tu devolución aparece en proceso de validación, la autoridad aún está en tiempo para revisarla y proceder a la devolución correspondiente, sin embargo, es conveniente revisar el buzón tributario en caso de que hubiere algún requerimiento y este pueda ser cumplido en tiempo y forma.

Si fue rechazada no te rindas, no todo está perdido, revisa los motivos del rechazo y consúltalo con un contador o abogado fiscalista de tu confianza, de igual manera la PRODECON te puede ayudar de manera gratuita.

Por otra parte, es importante recalcar que se tienen hasta 5 años para solicitar nuevamente tu devolución de saldo a favor, no obstante, se recomienda dar seguimiento a la brevedad.

Artículo elaborado por la Lic. M.I. Flor Ileana Vargas Nata, integrante de la Academia Chihuahuense de Estudios Fiscales, A.C., representa su opinión.




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