Alcalde explica que es el riesgo razonable para candidatos en el 2027
“Riesgo razonable” no significa que una persona sea culpable o que ya exista una sentencia judicial, sino que las autoridades detectaron indicios, antecedentes o información considerada como foco rojo sobre posibles vínulos con la delincuencia organizada.
Por: Redacción 21 Mayo 2026 08 09
Así lo explicó la consejera jurídica de la Presidencia, María Luisa Alcalde, al detallar que las dependencias federales harán un análisis con la información que ya poseen y clasificarán a los aspirantes únicamente bajo dos criterios: si existe o no un “riesgo razonable”.
La funcionaria subrayó que el mecanismo respetará la presunción de inocencia, por lo que no se compartirán carpetas de investigación ni pruebas específicas con los partidos políticos o con la comisión del INE.
“No estamos en un proceso donde ya exista una sentencia o incluso una carpeta judicializada; se trata de identificar focos rojos”, explicó.
Detalló que cada institución —como la UIF, la FGR, el Centro Nacional de Inteligencia o la CNBV— podrá emitir su propia valoración. Incluso, dijo, podría ocurrir que una dependencia detecte riesgo y otra no.
La información que recibirían los partidos políticos sería únicamente si existe o no ese “riesgo razonable”, además de cuál autoridad lo advirtió, pero sin revelar detalles de la investigación por razones de confidencialidad y debido proceso.
Alcalde aclaró además que la reforma no impediría automáticamente una candidatura, ya que la decisión final seguiría en manos de los partidos políticos.
“Con esa información el partido decide si postula o no a determinada persona; no es un filtro que inhabilite”, puntualizó.
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