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Día del estudiante

* RFC obligatorio desde los 18 años

* Inscribirse al RFC no implica pagar impuestos sin ingresos

* Jóvenes deben cuidar su identidad fiscal

* eFirma y buzón tributario, claves para prevenir fraudes

Por: Redacción 23 Mayo 2026 07 25

Por Juan Ramón Beltrán Urquiza.

  • “Hoy, así como los jóvenes deben cuidar su historial académico y financiero, también deben aprender a cuidar su identidad fiscal.”
  • “La cultura contributiva ya no inicia cuando se obtiene el primer empleo; hoy comienza desde la mayoría de edad.”

La mayoría de edad y la inscripción al RFC: entre la cultura contributiva y el riesgo de la usurpación de identidad fiscal

En el marco del Día del Estudiante, vale la pena hacer una reflexión adicional. Muchos jóvenes consideran que los temas fiscales solamente corresponden a empresarios, profesionistas o personas que ya generan ingresos; sin embargo, la realidad jurídica es distinta. Hoy, el simple hecho de alcanzar la mayoría de edad genera la obligación de inscribirse en el padrón del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), independientemente de que se esté estudiando, trabajando o incluso sin realizar actividad económica alguna.

Precisamente por ello, resulta importante que las instituciones educativas, los padres de familia y los propios estudiantes promuevan una cultura básica de prevención y vigilancia fiscal.  Obtener su RFC y posteriormente la eFirma no debe verse únicamente como un trámite burocrático, sino como una herramienta de protección personal frente a riesgos cada vez más frecuentes, como la usurpación de identidad y el uso indebido de datos fiscales.

Muchos jóvenes descubren la importancia de contar con RFC solamente cuando necesitan tramitar su título profesional, su cédula profesional, abrir una cuenta bancaria, solicitar una tarjeta de crédito, acceder a becas, incorporarse a un empleo formal o iniciar actividades profesionales. Sin embargo, hacerlo de manera anticipada y consciente puede evitar problemas futuros y permitir que cada persona mantenga control sobre su propia situación fiscal desde el inicio de su vida adulta.

Obligación de inscribirse en el RFC

En México, desde el 1 de enero de 2022, las personas físicas mayores de edad están obligadas a solicitar su inscripción en el padrón del Registro Federal de Contribuyentes, aun cuando no realicen actividades económicas. La medida generó múltiples dudas e incluso preocupación entre jóvenes y padres de familia, principalmente por el temor de adquirir obligaciones fiscales desde los dieciocho años. Sin embargo, la reforma tiene alcances que vale la pena analizar con mayor detenimiento.

La modificación se incorporó al artículo 27, apartado A, fracción VI, en el último párrafo, del Código Fiscal de la Federación, estableciendo expresamente lo siguiente:

“Las personas físicas mayores de edad deberán solicitar su inscripción al Registro Federal de Contribuyentes. Tratándose de personas físicas sin actividades económicas, dicha inscripción se realizará bajo el rubro “Inscripción de personas físicas sin actividad económica, conforme al Reglamento de este Código, por lo que no adquirirán la obligación de presentar declaraciones o pagar contribuciones y tampoco les serán aplicables sanciones, incluyendo la prevista en el artículo 80, fracción I, de este Código.”

Por su parte, el artículo 646 del Código Civil Federal establece que la mayoría de edad comienza a los dieciocho años cumplidos, por lo que la obligación únicamente resulta aplicable a quienes alcanzaron dicha edad a partir de la entrada en vigor de la reforma al Código Fiscal de la Federación, es decir, desde el 1 de enero de 2022, dado que una disposición fiscal de esa naturaleza no puede aplicarse retroactivamente en perjuicio de persona alguna, independientemente de eso, es recomendable que todas las personas físicas mayores de edad se inscriban en el padrón del RFC por las razones que más adelante se comentan.

La exposición de motivos de la reforma fue relativamente clara: facilitar la incorporación de los jóvenes al ámbito laboral y profesional. En la práctica, muchas personas requerían contar con RFC y eFirma para trámites como la obtención de título y cédula profesional, apertura de cuentas bancarias, contratación laboral o incluso acceso a productos financieros.

La inscripción en el RFC como mecanismo de protección personal

No obstante, más allá de la intención recaudatoria o administrativa, existe un aspecto que pocas veces se comenta y que probablemente constituye una de las razones más importantes para inscribirse oportunamente ante el SAT: la protección frente al robo de identidad fiscal.

Actualmente es relativamente frecuente encontrar casos de personas que acuden por primera vez al SAT para inscribirse y descubren que ya aparecen registradas desde años atrás, incluso con ingresos, facturas emitidas o actividades económicas que jamás realizaron. En otros casos, el contribuyente descubre el problema hasta el momento de presentar su declaración anual o cuando el SAT le requiere aclaraciones respecto de ingresos que nunca percibió.

La problemática no es menor. La usurpación de identidad fiscal puede derivar en emisión de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) apócrifos, simulación de ingresos, apertura de cuentas bancarias, contratación de créditos e incluso utilización de datos personales para operaciones ilícitas. En muchos casos, quien resulta afectado ni siquiera sabe que su identidad fue utilizada hasta que aparecen discrepancias fiscales o adeudos ante la autoridad.

Precisamente por ello, contar con RFC y eFirma puede convertirse en un mecanismo preventivo de protección personal. Una vez obtenida la eFirma, se puede ingresar periódicamente a los sistemas del SAT y revisar si existen CFDI emitidos a su nombre, pagos registrados por terceros o ingresos acumulados que desconozca, en la siguiente liga, puedes verificar si ya estás inscrito en el padrón del RFC, ya sea voluntariamente o no:

https://wwwmat.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/29073/verifica-si-estas-registrado-en-el-rfc

De igual forma, activar el buzón tributario resulta indispensable. Aunque muchas personas consideran que se trata únicamente de un mecanismo de comunicación con la autoridad, en realidad funciona también como una alerta temprana frente a posibles irregularidades fiscales. Un requerimiento inesperado, un mensaje relacionado con obligaciones desconocidas o la existencia de ingresos no reconocidos pueden ser los primeros indicios de un posible robo de identidad.

En ese sentido, la inscripción temprana al padrón del RFC puede verse no solamente como una obligación legal, sino como una medida de control y vigilancia patrimonial y fiscal.

El riesgo creciente de la usurpación de identidad fiscal

Incluso debe recordarse que el uso indebido de datos de identidad puede trascender al ámbito tributario. La expedición ilícita o utilización indebida de documentos de identificación oficial, incluyendo la credencial para votar, puede configurar conductas delictivas que afectan gravemente la seguridad jurídica y patrimonial de las personas.

Por ello, más que resistirse a la inscripción al padrón del RFC, probablemente el enfoque correcto consiste en fomentar una cultura mínima de supervisión fiscal personal. Así como hoy resulta normal revisar periódicamente estados de cuenta bancarios o historial crediticio, también debería convertirse en práctica habitual verificar la situación fiscal propia ante el SAT.

La realidad actual demuestra que muchas personas solamente descubren problemas fiscales cuando ya existen consecuencias económicas o legales relevantes. En materia de identidad fiscal, la prevención sigue siendo, por mucho, la mejor herramienta de defensa.

Fraudes digitales y falsas comunicaciones del SAT

Vale la pena atender la alerta que emite la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, a través de su Unidad de Policía Cibernética, en los Comunicados 3647 (19 Diciembre 2025) y 1243 (29 abril 2026) que advierten sobre una modalidad de fraude telefónico en la que delincuentes se hacen pasar por funcionarios del SAT, utilizando técnicas de ingeniería social conocidas como vishing o phishing telefónico.

Advertencia del SAT

El SAT no envía mensajes de texto (SMS) o WhatsApp solicitando actualizar datos, descargar archivos ni ofreciendo devoluciones de impuestos. Si llegas a recibir un mensaje de esa naturaleza, ¡Es un fraude! Evita hacer clic en enlaces sospechosos para prevenir hackeos o robo de identidad.

Reflexión

Este artículo sería nada si usted estimado lector no hubiera llegado hasta aquí y si fue de su agrado, compártalo.

Muchas felicidades a los estudiantes hoy en su día.

Artículo elaborado por Juan Ramón Beltrán Urquiza, integrante de la Academia Chihuahuense de Estudios Fiscales, A.C., representa su opinión.

 


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