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Rechazo de asistencia consular debe ser informada: Corte

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la renuncia de una persona extranjera al derecho de recibir asistencia consular será válida únicamente si esta decisión se toma de forma informada, se expresa de manera fehaciente y cuenta con el apoyo de un asesor jurídico.

Por: Redacción 03 Enero 2025 19 32

Esta resolución, contenida en la Tesis Aislada 1a. XVI/2024 (11a.), establece que el derecho a la notificación, contacto y asistencia consular es una garantía fundamental del debido proceso para personas extranjeras sujetas a un proceso penal en México.

De acuerdo con la Corte, la asistencia consular es un elemento clave que vincula dos principios del derecho internacional: fortalecer la función de las oficinas consulares como representantes de la soberanía de sus países y garantizar los derechos de las personas detenidas.

Esto cobra especial relevancia debido a las barreras lingüísticas, culturales y conceptuales que enfrentan las personas extranjeras en el proceso penal, lo que puede dificultar su comprensión de los derechos que les asisten y su situación legal.

La Suprema Corte enfatizó que las autoridades tienen la obligación de informar a las personas extranjeras detenidas sobre sus derechos y las alternativas disponibles en función de su nacionalidad.

Para que la renuncia al derecho de asistencia consular sea válida, debe documentarse de manera fehaciente, ya sea mediante firma, rúbrica, huella digital u otro signo inequívoco de aceptación, y estar respaldada por la asesoría de un profesional en derecho.

La decisión se derivó del análisis del amparo directo en revisión 5574/2022, donde una persona extranjera, hallada responsable de varios delitos, argumentó que no se respetó su derecho a recibir asistencia consular durante su proceso penal.

El Tribunal Colegiado de Circuito concluyó inicialmente que la renuncia del quejoso fue válida, ya que este se opuso expresamente a contactar a la embajada de su país. Sin embargo, inconforme con este fallo, la parte quejosa interpuso un recurso de revisión que llegó a la Suprema Corte.

Con esta resolución, la SCJN refuerza la importancia de garantizar que las personas extranjeras cuenten con la protección consular adecuada en todo momento, considerando el impacto que esto tiene en su debido proceso y en el respeto a los derechos humanos.


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