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¿Comprar semanas para pensionarse? Modalidad 40, la forma legal

Muchas personas piensan que se pueden “comprar” semanas para poder pensionarse en el IMSS, pero esto no es posible. Pero existe una opción legal y segura que permite seguir acumulando semanas y aumentar el monto de la pensión: la Modalidad 40.

Por: Redacción 15 Julio 2025 13 38

La pensión es una de las mayores preocupaciones de muchos trabajadores mexicanos al acercarse a la edad de su retiro. Una de las preguntas más comunes es si se pueden comprar semanas cotizadas en el IMSS para lograr pensionarse o recibir un más dinero cada mes. La respuesta es no: no existe una forma legal de poder comprar semanas como si fueran un producto.

Las personas que prometen vender semanas cotizadas comete fraude y puede provocar que la persona pierda sus semanas o incluso su derecho de tener una pensión.

Sin embargo, el IMSS ofrece la Modalidad 40, llamada también Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, como una alternativa legal que le permite seguir sumando semanas y aumentar el salario base de cotización por su propia cuenta a quienes cotizaron anteriormente, para que puedan recibir una pensión más alta.

La Modalidad 40 funciona especialmente bien para quienes pertenecen a la Ley del Seguro Social de 1973, ya que la pensión se calcula con el promedio salarial de los últimos cinco años y el total de semanas cotizadas. Para quienes están en la Ley de 1997, el esquema puede no ser tan favorable, porque la pensión depende principalmente del dinero acumulado en la Afore.

¿Cómo funciona la Modalidad 40?

El trabajador elige un salario diario, que puede ser igual o mayor al último registrado, sin exceder el tope de 25 UMA. Con este salario se calcula la cuota mensual usando la fórmula:

Salario diario × días del mes × 13.347%

Por ejemplo, si se elige un salario diario de 1,500 pesos:

1,500 × 30 × 13.347% = 6,006.15 pesos mensuales.

El pago se hace por adelantado y máximo el día 17 de cada mes. Este esquema cubre los seguros de Invalidez y Vida, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, pero no incluye atención médica. Para tener servicio médico, se puede contratar el Seguro de Salud para la Familia.

Si la persona no paga a tiempo, el IMSS lo da de baja y existe la posibilidad de reactivar la inscripción si se solicita hace una solicitud por escrito en los siguientes 12 meses y se pagan las cuotas atrasadas con recargos.

Requisitos y proceso de inscripción

Para usar la Modalidad 40 se necesita haber cotizado al IMSS antes y estar dado de baja.

• En línea: ingresar al portal del IMSS, seleccionar la solicitud de inscripción a la continuación voluntaria, registrar CURP y correo electrónico y seguir las instrucciones.

• Presencial: acudir a la Subdelegación correspondiente con un escrito libre, presentar documentos personales, firmar formularios oficiales, pagar en el banco y entregar el comprobante.

La persona puede elegir la fecha en la que desea continuar con sus aportaciones, siempre y cuando cubra cualquier adeudo anterior.

Antes de tomar la decisión, se recomienda consultar a un especialista en seguridad social y analizar los diferentes escenarios para elegir el mejor plan que se ajuste a cada caso.

 


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