¿Realmente existe el carril de “alta velocidad” en Juárez?

A menudo se suele hablar del “carril de alta velocidad” en las ciudades como Chihuahua o Juárez, sobre todo en sus avenidas principales. ¿Realmente existe, cuál es? Aquí los detalles.
Por: Carlos Díaz G. 23 Febrero 2024 17 44
Para responder la cuestión directamente: el “carril de alta velocidad” no existe. Ni en el estado de Chihuahua, ni en ciudades en otros estados.
El pasado mes de octubre, el comandante Omar Silva Perea, responsable de Educación Vial en la Coordinación General de Seguridad Vial de Ciudad Juárez, comentaba que “el imaginario colectivo piensa que los carriles de una vialidad se dividen en ‘baja velocidad’ (extrema derecha), ‘mediana velocidad’ (central o centrales) y ‘carril de alta velocidad’ (extrema izquierda). No es así, de hecho”.
El funcionario explicaba que el reglamento en Juárez no divide los carriles en esas clases, de hecho si la velocidad máxima es -por ejemplo- 60 kilómetros por hora, esa velocidad "aplica para los tres carriles”.
Esto no sólo pasa en el reglamento de Juárez, también el Reglamento de Vialidad y Tránsito para el Estado de Chihuahua vigente tampoco nombra el concepto “carril de alta velocidad” ni nada parecido.
Todo lo contrario, bájale a la velocidad.
De hecho el espíritu del reglamento es opuesto a la idea de una opción de alta velocidad.
Para empezar, existe una infracción de 9 a 16 unidades de medida y actualización (UMA), que en 2024 significan multas de $977.13 a $1737.12 por “manejar con exceso de velocidad”, con base en el artículo 88 del reglamento chihuahuense.
La velocidad máxima está fijada en 50 km/h en avenidas principales donde no hay señalamientos sobre el límite. Aunque existen avenidas con límites señalizados de 70 km/h u 80 km/h como el periférico De la Juventud y la vialidad Sacramento en Chihuahua.
El carril derecho es donde suelen viajar a menor velocidad, lógicamente por la opción de dar vuelta a la derecha o tomar una salida de desincorporación en algunas avenidas o puentes.
Pero esto no significa que el carril más a la izquierda permita ir a una velocidad mayor que la señalizada o la de 50 km/h estándar que marca el reglamento para lugares sin señalización.
Y van a ser más estrictos con la velocidad.
El Congreso de la Unión aprobó en 2022 -y reformó en 2023- la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial que establece nuevos límites de velocidad para aplicar en todo el país.
El Congreso del Estado de Chihuahua todavía no aprueba la homologación de esa ley, pero una vez que lo haga, deberá adecuar sus reglamentos para apegarse a los límites de velocidad y otras normas que establece la legislación nacional.
Esto significará que sean más bajas las velocidades y también más estrictas las medidas. Por ejemplo, también baja el nivel de alcoholímetro con el cual se marca grado de ebriedad.
La Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece estos límites de velocidades máximas:
a) 20 km/h en zonas de hospitales, asilos, albergues y casas hogar.
b) 20 km/h en zonas y entornos escolares en vías secundarias y calles terciarias; y hasta 30 km/h en zonas y entornos escolares en vías primarias y carreteras.
c) 30 km/h en calles secundarias y calles terciarias.
d) 50 km/h en avenidas primarias sin acceso controlado.
e) 80 km/h en carriles centrales de avenidas de acceso controlado.
f) 80 km/h en carreteras estatales fuera de zonas urbanas; 50 km/h dentro de zonas urbanas.
g) 110 km/h para automóviles, 95 km/h para autobuses y 80 km/h para transporte de bienes y mercancías en carreteras y autopistas de jurisdicción federal.
h) Ninguna intersección, independientemente de la naturaleza de la vía, podrá tener velocidad de operación mayor a 50 km/h en cualquiera de sus accesos.
Incluso la página de DiDi expone que a partir de la reforma “en las 32 entidades del país se homologan los límites de velocidad con el objetivo de buscar salvaguardar la movilidad de los usuarios en las vialidades”, compartiendo esos límites de velocidad mencionados arriba.
Así viene la reforma nacional.
Fuentes:
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGMSV.pdf
https://www.congresochihuahua2.gob.mx/biblioteca/reglamentos/archivosReglamentos/9.pdf
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