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Reformar Código Civil y determinar prescripción de bienes: Bazán

El diputado Omar Bazán presentó una iniciativa para reformar el Código Civil del Estado de Chihuahua para precisar la prescripción de bienes inmuebles, con el objetivo de dar certeza jurídica a sus poseedores.

Por: Diego Contreras Rascón 11 Noviembre 2020 12 52

La propuesta es reformar los artículos 1154 fracciones I y III, así como 1156 y 1157 del Código Civil del Estado de Chihuahua, explicó el vicepresidente del Congreso del Estado.

De esta manera, los numerales I y III del artículo 1154, establecerán que los bienes inmuebles se prescriben:

I. En cinco años, cuando se poseen con justo título proveniente de quien legalmente podía disponer del bien, en concepto de propietario, con buena fe, pacífica, continua y públicamente;

III. En diez años, cuando se poseen de mala fe, cuando el justo título invocado no deriva de quien legalmente podía disponer del bien, pero fundadamente se cree bastante para transferir el dominio, siempre y cuando si la posesión es en concepto de propietario, pacífica, continua y pública;

Por otra parte, el artículo 1156 definiría el Justo título, como aquel acto jurídico traslativo de dominio que se invoque para poseer la cosa ya sea por haber recibido la posesión del legítimo propietario o porque fundadamente se cree bastante para transferir el dominio.

Finalmente, con la iniciativa de reforma propuesta por el legislador priista, el artículo 1157 quedaría de la siguiente manera: La posesión adquirida por medio de un delito no es apta para adquirir la propiedad por prescripción adquisitiva.

La iniciativa de reforma dará certeza jurídica a los poseedores de bienes inmuebles pues “no hay que olvidar que la nación conserva el derecho de expropiación e imposición de modalidades que dicte el interés colectivo”, explicó el diputado Omar Bazán.


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