Reforma Electoral: Les “echarán” UIF y bancos a candidatos y partidos
La Reforma Electoral aumentará la vigilancia financiera de bancos y de organismos —como la UIF, SAT e INE— sobre candidatos y partidos políticos, además de reducir las prerrogativas y prohibir tanto aportaciones en efectivo como cualquier recurso proveniente del extranjero.
Por: Redacción 04 Marzo 2026 18 35
Llegó este 4 de marzo a la Cámara de Diputados la iniciativa de Reforma Electoral, propuesta por Claudia Sheinbaum, que en materia de financiamiento se resume en:
- Reducción del 25% de presupuesto a partidos políticos y al INE.
- Prohibición de aportaciones privadas en efectivo.
- Vigilancia del sistema financiero —bancos, Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), SAT, entre otros— al dinero que reciben los partidos políticos, candidatos y precandidatos.
- Reportes cotidianos de operaciones y movimientos financieros de precandidatos, candidatos y partidos. Esto incluye "activos virtuales", como las criptodivisas.
Reforma Electoral: ¿Qué cambiará sobre financiamiento?
La iniciativa de reforma electoral enviada al Congreso incluye cambios significativos en el sistema de financiamiento de los partidos políticos, con modificaciones directas al artículo 41 de la Constitución y nuevas reglas para la fiscalización de recursos durante campañas.
La propuesta busca reducir el gasto público en política, reforzar controles sobre el origen del dinero y establecer mecanismos más estrictos de transparencia en las operaciones financieras de partidos y candidaturas.
Cambios al financiamiento público de los partidos
Uno de los cambios centrales aparece en el artículo 41 constitucional, donde se modifica la fórmula para calcular el financiamiento público para actividades ordinarias de los partidos políticos.
Actualmente la Constitución establece que el monto anual se obtiene multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral por el 65% del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). La iniciativa propone reducir ese porcentaje.
El nuevo texto establece que:
“El financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes se fijará anualmente, multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral por el cuarenta y ocho punto setenta y cinco por ciento del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”.
Con este cambio, el financiamiento público a los partidos se reduciría aproximadamente una cuarta parte (25%) respecto al esquema actual.
Distribución del financiamiento entre partidos
La iniciativa mantiene el esquema de distribución interna del financiamiento, que también se establece en el artículo 41. El texto señala que:
“El treinta por ciento de la cantidad que resulte de acuerdo con lo señalado anteriormente, se distribuirá entre los partidos políticos en forma igualitaria, y el setenta por ciento restante de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieren obtenido en la elección de diputaciones inmediata anterior”.
Esto significa que, aunque el monto total disminuiría, el método de reparto entre partidos se mantendría sin cambios.
Prohibición de financiamiento extranjero
La reforma también refuerza las restricciones sobre el origen del dinero en campañas electorales.
En el mismo artículo 41 constitucional, se establece expresamente que:
“Los partidos políticos y las personas precandidatas o candidatas tienen prohibido recibir o ejercer para sus actividades o campañas electorales, gastos, aportaciones, donaciones o cualquier otro recurso en dinero o especie proveniente de algún gobierno, fondo de inversión u organismo extranjero, persona física o moral extranjera, o de personas que residan fuera del territorio nacional”.
La redacción busca cerrar posibles vías de financiamiento externo en procesos electorales.
Nuevos controles financieros y fiscalización
Otro cambio importante es la obligación de reportar operaciones financieras relacionadas con campañas.
La iniciativa señala que los ingresos, egresos y operaciones financieras de partidos políticos y candidaturas deberán ser reportados a la autoridad electoral con mayor frecuencia y detalle.
El texto incluye explícitamente operaciones relacionadas con:
-
Valores
-
Divisas
-
Activos virtuales
-
Créditos
-
Seguros
-
Compra o venta de bienes
Además, establece que estas operaciones deberán reportarse de forma periódica para fines de fiscalización por parte de las autoridades electorales.
Coordinación con autoridades de seguridad e inteligencia financiera
La reforma también introduce un mecanismo de colaboración institucional para revisar información relevante sobre candidaturas.
El documento establece que:
“Las autoridades competentes en materia de seguridad, procuración de justicia y de inteligencia financiera establecerán mecanismos de coordinación institucional con la autoridad electoral nacional para proporcionar información relacionada con el registro de las candidaturas, que resulte relevante para salvaguardar la integridad del proceso electoral”.
Este mecanismo busca permitir que la autoridad electoral tenga acceso a información relevante para detectar riesgos relacionados con financiamiento ilícito o vínculos con actividades ilegales durante el registro de candidaturas.
Restricciones a aportaciones privadas
La reforma también fija nuevas condiciones para las aportaciones privadas.
El documento señala que:
“Toda aportación privada deberá realizarse por personas físicas mexicanas, atendiendo a las normas de debida diligencia e identificación y no podrán hacerse aportaciones en efectivo”.
Asimismo, establece que las aportaciones deberán realizarse mediante transferencias electrónicas a través del sistema financiero nacional, con el fin de garantizar trazabilidad y control.
Reportes al sistema financiero
Las instituciones del sistema financiero también tendrán obligaciones dentro del nuevo modelo de fiscalización.
El texto establece que:
“Las instituciones, organismos y organizaciones del sistema financiero nacional deberán reportar para fines de fiscalización estas transacciones al Instituto Nacional Electoral a través de los órganos reguladores en los términos que fije la ley”.
Este mecanismo busca fortalecer el seguimiento de los recursos que circulan en campañas electorales.
Prohibición de recursos ilícitos en campañas
Finalmente, la iniciativa refuerza la prohibición de utilizar recursos provenientes de actividades ilegales.
El documento señala que:
“Queda prohibido a los partidos políticos, precandidaturas, candidaturas y candidaturas independientes financiarse u operar con recursos, bienes o servicios provenientes de actividades ilícitas”.
Con estas disposiciones, la reforma plantea una reconfiguración del sistema de financiamiento político en México, combinando reducción del gasto público electoral con mayores controles sobre el origen y uso de los recursos en campañas.
Las Más Leídas
