¿Subirá el cartón? México impone aranceles antidumping a China🎦
El Gobierno de México determinó imponer cuotas compensatorias definitivas, un tipo de arancel contra el dumping, a las importaciones de cartoncillo chino, por dañar a la industria nacional.
Por: Redacción 08 Julio 2026 11 10
La Secretaría de Economía concluyó el “procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de cartoncillo originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia”.
Además de que el cartoncillo ya paga aranceles del 25% por el aumento de tarifas a más de 1 mil 400 fracciones arancelarias a partir del 1 de junio, además varias empresas chinas deberán pagar una cuota compensatoria.
Como resultado del procedimiento, la Secretaría de Economía impuso las siguientes cuotas compensatorias definitivas:
- 0.4388 dólares por kilogramo para las importaciones provenientes de Guangxi Jingui.
- 0.2837 dólares por kilogramo para las importaciones provenientes de Jiangsu Bohui.
- 0.4854 dólares por kilogramo para las importaciones provenientes de Ningbo Asia.
- 0.3909 dólares por kilogramo para las importaciones provenientes de Shandong Bohui.
- 0.4854 dólares por kilogramo para las importaciones provenientes de las demás empresas exportadoras.
Procedimiento contra el cartoncillo importado
El producto investigado ingresa a México a través de las fracciones arancelarias 4810.13.07, 4810.29.99, 4810.32.01, 4810.39.99, 4810.92.01 y 4810.99.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, aunque la resolución establece que también aplicará si entra por cualquier otra fracción.
La investigación inició a partir de una solicitud presentada el 27 de septiembre de 2024 por Productora de Papel, S.A. de C.V. y Cartones Ponderosa, S.A. de C.V., quienes pidieron revisar presuntas prácticas desleales de comercio internacional en la modalidad de discriminación de precios.
Posteriormente, el 13 de febrero de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la resolución de inicio del procedimiento. La Secretaría fijó como periodo investigado el comprendido del 1 de agosto de 2023 al 31 de julio de 2024, y como periodo de análisis de daño el comprendido del 1 de agosto de 2019 al 31 de julio de 2024.
La aplicación de estas cuotas corresponderá a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en todo el territorio nacional a través de Aduanas, SAT y demás.
La resolución también precisa que los importadores no estarán obligados al pago de la cuota compensatoria definitiva si comprueban que el país de origen de la mercancía es distinto a China, conforme a las normas vigentes para la determinación del país de origen de mercancías importadas.
Además, la Secretaría comunicará la resolución a la Agencia Nacional de Aduanas de México y al Servicio de Administración Tributaria para los efectos legales correspondientes.
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