Oficial: ordenan restringir estos contenidos para proteger a menores🎦

El Gobierno Federal ordenó mediante decreto presidencial a las plataformas digitales como redes sociales o videojuegos el retiro de cuentas y contenidos que promuevan conductas como acoso (bullying incluido), violencia sexual o apología del delito, además de impedir que menores accedan a tales materiales.

Por: Redacción 15 Octubre 2026 11 43

Entró en vigor el decreto de la presidenta Claudia Sheinbaum, que obliga a las propias empresas a identificar, retirar o restringir esos contenidos, mediante sus sistemas de moderación y los reportes de usuarios.

¿Y si incumplen?

El decreto no establece un procedimiento para que una dependencia gubernamental emita una orden individual por cada publicación o que pueda controlar.

Tampoco fija multas o mecanismos para sancionar a las plataformas que incumplan. Las empresas tienen un plazo máximo de 30 días naturales para documentar e informar las acciones implementadas.

La presidenta Claudia Sheinbaum anunció que la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones dará seguimiento al cumplimiento.

También señaló que, si las compañías no cumplen, se buscaría una ley que contemple sanciones; esa posibilidad todavía no forma parte del mecanismo establecido por este decreto.

La disposición fue publicada la tarde del 14 de octubre de 2026 en el Diario Oficial de la Federación y entró en vigor ese mismo día.

¿Qué contenidos deberán retirar o restringir?

  • El decreto prohíbe que las plataformas permitan a niños y adolescentes el acceso, la exposición o la recomendación de contenidos que generen o promuevan acoso, ciberacoso, abuso, explotación o violencia sexual.
  • La restricción también comprende discursos de odio, extremismo violento, violencia masiva, conductas ilícitas, apología del delito, pornografía y material sexual explícito.
  • Asimismo, incluye contenidos que promuevan el suicidio, las autolesiones deliberadas o los trastornos alimenticios, así como intercambios entre usuarios que inciten al odio o la violencia, especialmente en el entorno escolar.

Esto alcanza a las recomendaciones automáticas de las plataformas: deberán evitar que sus sistemas sugieran esos materiales a menores. Es decir, las restricciones incluyen el algoritmo con el que las plataformas hacen recomendaciones.

Además de restringir el acceso por edad, el artículo 4 ordena retirar inmediatamente cualquier cuenta o contenido que genere o promueva las conductas prohibidas.

Esa obligación está redactada de manera general, sin limitar expresamente el retiro a perfiles infantiles.

Ya no bastará con declarar la edad

Las plataformas deberán implementar mecanismos confiables y seguros para identificar la edad de sus usuarios. El decreto precisa que estos no podrán limitarse a aceptar lo que cada persona declare.

Por tanto, escribir una fecha de nacimiento o afirmar que se es mayor de edad será insuficiente como único método de comprobación. Sin embargo, el documento no determina qué tecnología o documentos deberán utilizarse.

Tampoco establece una edad mínima general para ingresar a redes sociales.

Las empresas tendrán que publicar criterios de clasificación por edad y moderación, habilitar herramientas de supervisión parental y activar las configuraciones de privacidad y seguridad más estrictas disponibles al crear nuevas cuentas.

Reportes, evidencia y contacto con autoridades

Los mecanismos para denunciar cuentas o publicaciones deberán ser accesibles, visibles y estar disponibles permanentemente.

Cuando retiren una cuenta o contenido, las plataformas deberán preservar la evidencia digital durante al menos 90 días hábiles, para garantizar su integridad y disponibilidad ante requerimientos de las autoridades.

También deberán contar con un contacto especializado disponible las 24 horas, los 365 días del año, y alertar inmediatamente a las autoridades competentes sobre cuentas o materiales que atenten contra la vida, dignidad, seguridad, integridad o privacidad de menores.

Seguimiento sin un procedimiento de sanción

Además del informe inicial de cumplimiento, las empresas deberán evaluar periódicamente los riesgos de sus servicios y compartir reportes estadísticos con las autoridades competentes.

Sin embargo, el decreto no detalla cómo se realizarán inspecciones o auditorías, ni establece un procedimiento para determinar y sancionar incumplimientos.

Por ahora, el esquema se sostiene en la aplicación de medidas por las plataformas y el seguimiento anunciado por el Gobierno federal.

La Consejería Jurídica deberá instalar una mesa de trabajo con dependencias federales para elaborar propuestas adicionales de regulación.

 


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