¿Opinión o publicidad? Lanzan Lineamientos de Derechos para radio y TV
Publicó el Gobierno Federal los nuevos "Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias", obligatorios para radio y televisión, donde destaca la necesidad de distinguir contenidos entre información
Por: Carlos Díaz G. 29 Agosto 2026 08 01
La regulación fue emitida anoche por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) y publicada en el Diario Oficial de la Federación. Entrará en vigor 30 días naturales después.
¿De qué tratan los Lineamientos de Derechos de las Audiencias?
Obliga a concesionarios de radio y televisión.
En términos simples, deberán diferenciar:
- Noticia o información
- Opinión
- Publicidad, patrocinio o contenido comercial
También obliga a:
Contar con Código de Ética, con criterios editoriales del tratamiento de la información y donde contemplen los elementos mínimos para confirmar la veracidad.
Defensor de Audiencias, una persona encargada de atender quejas de la gente.
Incluye multas.
Para Radio y Televisión
La regulación está dirigida a concesionarios de televisión abierta, radio, televisión y audio de paga, además de programadoras.
No aplica para medios exclusivamente por internet, como pudieran ser las redes sociales.
Radio y TV deberán distinguir opinión de información
Los lineamientos establecen que los concesionarios deberán utilizar elementos que permitan identificar cuándo una persona conductora, comentarista o informadora está expresando una opinión y cuándo está transmitiendo información noticiosa.
En televisión podrán utilizarse plecas, cortinillas, mensajes en pantalla u otros elementos, mientras que en radio deberán emplearse recursos sonoros.
La publicidad tampoco podrá presentarse como información periodística o noticiosa, y los contenidos comerciales deberán contar con elementos que permitan distinguirlos del contenido editorial.
Veracidad y Códigos de Ética
Los nuevos lineamientos reconocen como derecho de las audiencias recibir información veraz, plural y oportuna, particularmente en programación noticiosa.
Los medios deberán contar con Códigos de Ética que establezcan criterios editoriales para el tratamiento de la información y que contemplen que, al momento de difundir una noticia, existan elementos mínimos para considerar que era veraz.
Habrá Defensor de Audiencias
Los concesionarios de radiodifusión deberán contar con una Persona Defensora de las Audiencias, responsable de recibir, registrar, atender y dar seguimiento a las quejas de radioescuchas y televidentes.
El Defensor no funcionará como censor previo ni como moderador editorial. Su intervención ocurre a partir de las quejas de las audiencias y puede derivar en recomendaciones al medio.
Los propios lineamientos señalan que no podrán utilizarse para restringir la libertad de expresión, la libertad editorial o programática ni para ejercer censura previa.
Multas de hasta 1% de los ingresos
La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones podrá imponer multas de entre 0.01 y 1 por ciento de los ingresos acumulables de la concesionaria o programadora por incumplimientos a los lineamientos.
Entre las obligaciones consideradas están contar con mecanismos de defensa para las audiencias, nombrar a una Persona Defensora y emitir un Código de Ética.
En caso de una primera infracción se contempla una amonestación por única ocasión. Los lineamientos no establecen penas de prisión por este tipo de incumplimientos.
Otros derechos y mecanismos que establecen los lineamientos
Entre otros puntos, la regulación también contempla:
- Derecho de réplica cuando se difundan hechos inexactos o falsos sobre una persona.
- Accesibilidad para personas con discapacidad, mediante subtitulaje, doblaje al español, Lengua de Señas Mexicana y mecanismos accesibles para presentar quejas.
- Presentación y atención de quejas ante la Persona Defensora de las Audiencias cuando se considere vulnerado algún derecho.
- Supervisión de la CRT, que podrá realizar monitoreos, requerimientos y otras actuaciones para verificar el cumplimiento.
- Consulta pública previa, en la que se recibieron 8 mil 889 participaciones antes de aprobar la versión final de los lineamientos.
Aquí el enlace al documento oficial: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5797461&fecha=28/08/2026#gsc.tab=0
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