Imponen dos NOM de Emergencia para traslado de gas LP
El Gobierno de México presentó dos Normas Oficiales de Emergencia de seguridad para prevenir accidentes, fugas e incluso explosiones en el traslado de gas LP, luego del estallido de pipa que dejó 31 muertos en el Puente Concordia de Ciudad de México.
Por: Redacción 04 Octubre 2025 12 55
El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó dos documentos de Norma Oficial Mexicana de Emergencia (NOM-EM) de la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA), que entraron en vigor este sábado 4 de octubre y estarán vigentes los próximos seis meses.
Ambas normas surgen a raíz de la explosión en Ciudad de México del camión cisterna de la empresa Silza, del Grupo Tomza originario de Ciudad Juárez, dejando saldo de 31 muertos y varios heridos.
Las NOM de Emergencia de traslado de gas LP.
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Como parte de las obligaciones, ahora los transportadores de gas licuado de petróleo (LP) tienen que presentar dictámenes anuales de operación y mantenimiento.
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Aplicarán pruebas e inspecciones periódicas para detectar daños que pudieran ocasionar fugas u otros problemas.
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Los conductores deberán acreditar una capacitación.
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Todas las unidades deberán tener dispositivos de control de velocidad, con límite a 80 km/h.
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Sistema GPS, geolocalización, para monitorearlas en tiempo real.
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Extintor ABC con cinta estática, reflejantes y calzas obligatorios.
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Creación del expediente de integridad por unidad con el historial técnico, pruebas y dictámenes de cumplimiento.
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Todas las unidades deben tener rótulo visible con la leyenda: “PELIGRO GAS L.P.”, números de teléfono de emergencia y la identificación ONU 1075.
Adicionalmente, en Ciudad de México impusieron otras obligaciones, como el horario restringido, así como otras que coinciden, como el límite de velocidad.
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