Revés a "boletas planchadas”: no caben en la urna, alega TRIFE
Aquellas “boletas planchadas” que aparezcan en las urnas, no tendrán validez como parte de la votación, así lo determinó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Por: Redacción 07 Octubre 2026 14 45
Este miércoles el TEPJF le dio un revés al Instituto Nacional Electoral (INE) con las llamadas “boletas planchadas”, pues estas ya no tendrán validez en el conteo de votos.
Las “boletas planchadas” son aquellas que no presentan marcas de doblez, por lo que esto impide vincular objetivamente la boleta con un voto emitido conforme al procedimiento de ley.
El procedimiento establecido por ley del voto es el siguiente:
"La emisión del voto comprende una secuencia legalmente prevista que incluye recibir la boleta, marcarla, doblarla y depositarla en la urna. Una "boleta planchada", o sin marcas de doblez, impide vincular la boleta con un sufragio emitido".
Por unanimidad, los cinco integrantes de la Sala Superior aprobaron la propuesta del magistrado Felipe de la Mata, quien planteó revocar parcialmente los lineamientos aprobados por el INE para atender este tipo de casos.
¿Por qué no serán válidas?
El argumento central del Tribunal es físico y jurídico: una boleta electoral mide aproximadamente 28 por 20 centímetros, mientras que la ranura de una urna tiene cerca de 12 centímetros de largo por apenas 3 milímetros de ancho.
Por ello, el TEPJF consideró que una boleta completamente extendida no pudo haber sido introducida de manera normal en la urna.
El magistrado De la Mata sostuvo durante la sesión que la ausencia de esas marcas impide vincular la boleta con un sufragio efectivamente emitido en la casilla.
¿Qué pasará con esas boletas?
A partir del criterio del Tribunal, cuando se detecten boletas sin las marcas de doblez necesarias:
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No se contabilizarán como votos.
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No se sumarán a los resultados de la elección.
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Deberá registrarse el hallazgo en la hoja de incidentes.
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Las papeletas tendrán que conservarse separadas de los votos que sí fueron computados.
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Si son detectadas durante un nuevo escrutinio y cómputo, el Consejo Distrital deberá constatar la irregularidad y mantenerlas fuera de la suma de resultados.
¿Qué había decidido el INE?
El origen de la controversia está en los lineamientos aprobados por el INE para atender los casos de boletas sin dobleces.
El Instituto había establecido un procedimiento mediante el cual estas papeletas serían separadas y puestas a consideración del Consejo Distrital, que determinaría si podían ser contabilizadas o no.
El INE argumentó que la ausencia de dobleces, por sí sola, no estaba contemplada formalmente como una causa de nulidad del voto y que debía existir un procedimiento para valorar las circunstancias de cada caso.
Sin embargo, partidos de oposición impugnaron los lineamientos ante el Tribunal Electoral al considerar que podían abrir la puerta a irregularidades en el conteo de votos.
Con la resolución de este miércoles, el TEPJF estableció que una boleta completamente lisa no puede incorporarse a la votación computada, debido a que no existe una forma objetiva de acreditar que fue introducida legalmente en la urna.
El criterio deberá aplicarse en el tratamiento de estas papeletas durante los cómputos electorales.
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