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Multón por no tener “checador”; promulgan LFT con las 40 Horas

La presidenta Claudia Sheinbaum promulgó el decreto de reforma de las 40 Horas Laborales a la semana en la Ley Federal del Trabajo (LFT), que incluye un registro electrónico (como un “checador”) obligatorio y multas por no tenerlo de hasta casi 600 mil pesos.

Por: Redacción 02 Mayo 2026 09 46

Con motivo del Día del Trabajo del 1 de mayo, el Gobierno de México expidió el decreto de reforma aprobado por el Congreso de la Unión, con la firma de la Presidenta, que vuelven realidad la reducción progresiva de la jornada laboral, que bajará dos horas semanales cada año, hasta quedar en las 40 horas en el 2030.

Además de plasmar en la Ley Federal del Trabajo lo que dice la Constitución, la reforma precisa algunas disposiciones, como el registro electrónico con el que podrán confirmar las autoridades laborales que los patrones y empresas cumplen con los nuevos máximos de horas por semana.

Registro electrónico

Añadieron nuevas obligaciones a los patrones, incluyendo el "checador".

Así lo dice el artículo 132 de las obligaciones a los patrones con su nueva fracción XXXIV:

XXXIV.       Registrar de manera electrónica la jornada laboral de cada persona trabajadora, incluyendo el horario de inicio y finalización; así como proporcionarlo a la autoridad cuando se le requiera.
                La Secretaría del Trabajo y Previsión Social expedirá las disposiciones de carácter general que determinen el ámbito de aplicación y excepción a la obligación establecida en el párrafo que antecede.
                El contenido del registro electrónico hará prueba plena si se acredita que fue acordado entre la persona trabajadora y empleadora.
Multa:

De 250 a 5000 Unidades de Medida y Actualización (artículo 994, fracción IV Bis).

Este 2026, la multa equivale a entre $29,327.50 y $586,550.

Con motivo del Día del Trabajo del 1 de mayo, el Gobierno de México expidió el decreto de reforma aprobado por el Congreso de la Unión, con la firma de la Presidenta, que vuelven realidad la reducción progresiva de la jornada laboral, que bajará dos horas semanales cada año, hasta quedar en las 40 horas en el 2030.

¿Cuándo será obligatorio el registro electrónico?

El quinto transitorio del decreto establece que estas obligaciones sobre el registro electrónico "entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2027".

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social "instrumentará los mecanismos que correspondan para recopilar, procesar y evaluar datos relacionados con la implementación de la reducción de la jornada laboral", continúa.

Así como dice la Constitución con la reforma, también la LFT establece que "en ningún caso la reducción de la jornada laboral implicará la disminución de sueldos, salarios o prestaciones de las personas trabajadoras".

¿Qué más cambió en la LFT?

Reducción de jornada laboral a la semana progresiva:

  • 2026: 48 horas (sin cambio aún)
  • 2027: 46 horas
  • 2028: 44 horas
  • 2029: 42 horas
  • 2030: 40 horas

Límites de horarios:

Se mantienen.

  • Diurna: 8 horas
  • Nocturna: 7 horas
  • Mixta: 7.5 horas

Horas extra:

  • Se pagan al doble (100% extra).
  • Límite: hasta doce horas extra por semana (también gradual).
  • Si se excede ese límite:Nadie puede trabajar más de doce horas al día en total (incluyendo extras).
    • Se paga al triple (200% extra).

Un día de descanso, por lo menos

  • Por cada 6 días trabajados, al menos un día de descanso obligatorio con sueldo.
  • La distribución de horas puede ser acordada entre patrones y trabajadores, abriendo la puerta a que los centros de trabajo que así lo decidan, puedan tener ocho horas diarias laborales, cinco días a la semana, resultando en dos días de descanso a la semana.
  • Prima dominical, 25% adicional.

 


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