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Suspendene orden de reaprehensión contra dueño de Crematorio Plenitud

Un juez federal concedió una suspensión provisional a favor de José Luis A.C., propietario del Crematorio Plenitud, con el objetivo de frenar temporalmente una posible orden de reaprehensión en su contra y evitar una eventual Notificación Roja de la Interpol.

Por: Redacción 29 Julio 2026 14 49

El despacho legal Estudio Jurídico, representante legal del empresario, informó a través de un comunicado emitido el pasado 28 de julio que el Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Chihuahua otorgó la medida cautelar dentro de un juicio de amparo indirecto.

La firma defensora aclaró que la resolución tiene un carácter estrictamente temporal y no constituye un pronunciamiento sobre la responsabilidad penal del quejoso ni significa que el proceso legal haya concluido.

"La resolución otorga una medida cautelar para preservar la materia del juicio de amparo mientras se analiza el fondo del asunto", detalló el despacho mediante el documento informativo.

El nuevo recurso legal se promueve tras una serie de giros en los tribunales federales. En febrero del presente año, un juez de Distrito había otorgado un amparo que permitió la liberación del empresario; sin embargo, en mayo, el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito revocó dicha resolución y ordenó reactivar el proceso penal.

Tras la revocación, el empresario no se presentó a una audiencia judicial, motivo por el cual fue declarado sustraído de la acción de la justicia. Esto llevó a la Fiscalía General del Estado a solicitar una orden de reaprehensión y a gestionar su búsqueda internacional a través de la Interpol.

Adicionalmente al juicio de amparo, la defensa jurídica dio a conocer la presentación de una queja administrativa ante el Tribunal de Disciplina Judicial en contra de integrantes del Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito.

El despacho explicó que este recurso busca la revisión de actuaciones procesales específicas conforme a la ley, aclarando que se trata de un mecanismo de control institucional que ya fue turnado a la Secretaría Ejecutiva de Disciplina para su trámite correspondiente, sin prejuzgar sobre posibles responsabilidades.


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