¿Qué es el feminicidio y cuáles serían sus penas en México?
La presidenta Claudia Sheinbaum envió al Congreso de la Unión una iniciativa de Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito de Feminicidio, con el objetivo de homologar en todo el país la definición del delito, las penas y los protocolos de investigación.
Por: Redacción 15 Julio 2026 08 30
La consejera jurídica de la Presidencia, Luisa María Alcalde Luján, explicó que actualmente existen diferencias entre los estados para investigar y sancionar el feminicidio, lo que genera impunidad y dificulta el acceso a la justicia.
¿Por qué se propone una Ley General?
La iniciativa busca corregir cuatro problemas principales:
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Tipo penal fragmentado: los 32 estados regulan el feminicidio de manera distinta.
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Deficiencias en las investigaciones: la mala clasificación de delitos provoca pérdida de indicios y subregistro de feminicidios.
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Falta de protocolos homologados: las fiscalías no investigan bajo los mismos criterios.
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Ausencia de registros unificados: dificulta detectar patrones de violencia y diseñar políticas públicas.
¿Cómo define la reforma el feminicidio?
La iniciativa establece un solo tipo penal para todo el país:
“Comete el delito de feminicidio la persona que prive de la vida a una mujer por razones de género”.
Entre las 10 razones de género destacan:
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Signos de violencia sexual.
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Delito motivado por estereotipos o prejuicios.
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Antecedentes de violencia contra la víctima.
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Contextos de asimetría de poder.
¿Cuál sería la pena?
La propuesta establece:
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50 a 70 años de prisión.
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La tentativa de feminicidio también será castigada con prisión.
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19 agravantes para aumentar la pena.
Entre ellas destacan cuando:
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La víctima sea niña, adolescente, adulta mayor, embarazada o tenga discapacidad.
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Sea periodista, defensora de derechos humanos o migrante.
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El responsable sea un servidor público.
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Existan ataques con ácido o sustancias inflamables.
¿Qué otras sanciones contempla?
Además de la prisión, el responsable:
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Perderá derechos sucesorios.
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Perderá la tutela, curatela, guarda y custodia.
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Perderá la patria potestad.
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Será destituido e inhabilitado si ocupa un cargo público.
Beneficios que no podrán otorgarse
La iniciativa también establece que:
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No habrá excusas absolutorias ni atenuantes.
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El delito será imprescriptible, al igual que la sanción y la reparación del daño.
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No procederán criterios de oportunidad.
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No habrá conmutación de la pena.
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No habrá libertad condicionada.
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No aplicarán amnistías.
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