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Estímulo Fiscal al Impuesto Sobre Nóminas Estatal

* Reducción en el pago mensual

* Trámite para aplicar estímulo

* Tasa transitoria para 2023

Por: Redacción 14 Enero 2023 07 26

Por C.P.M.I. Martha Isela Marrufo Rodríguez

Estimados lectores, permítanme empezar esta intervención deseándoles que este año que hace unos días iniciamos, sea de prosperidad y éxito en todos sus proyectos. Precisamente en estas primeras semanas del año es cuando nos ocupamos en cerrar el ejercicio 2022, preparando los cálculos, papeles y reportes anuales, y además tenemos la tarea de realizar los cambios que conllevan las nuevas disposiciones fiscales que entran en vigor al entrar el año (me refiero a los temas de actualización a sistemas, tablas, modificaciones de salarios, cuotas, porcentajes, factores etc.) con todas sus repercusiones y efectos en presupuestos y proyecciones de flujos tan importantes para nuestros negocios hoy en día.

Una de las prioridades hoy por hoy de nuestras empresas y de los negocios que asesoramos, es aprovechar toda oportunidad que nos ayude a eficientar las cargas fiscales, por lo que abordaremos lo pertinente al Impuesto sobre Nómina Estatal (ISN).

Para dimensionar y ubicar la importancia de este impuesto (ISN) para las finanzas del Gobierno Estatal, revisemos la Ley de Ingresos del Estado de Chihuahua publicada el pasado sábado 24 de diciembre del 2022 en el Periódico Oficial Estatal (POE) El Estado estima recaudar por concepto de ingresos provenientes de impuestos un total de $8,636,586,088 pesos, de los cuales un 73,68% corresponde solo al Impuesto Sobre Nóminas (ISN) es decir, es el impuesto estatal más importante a percibir este ejercicio 2023, ascendiendo a una cifra aproximada de $6,384,081,824 pesos, muy por encima del resto de impuestos estatales que integran el 26.32% restante (el Universitario, Cedular, Sobre Hospedaje, Contribuciones Extraordinarias, entre otros).

Recordemos que este impuesto (ISN) que se fundamenta en la Ley de Hacienda del Estado de Chihuahua, y originalmente dispone que a la base gravable integrada por las remuneraciones pagadas mensualmente por el patrón (contribuyente) a sus trabajadores, se aplique una tasa del 3% según lo indica el artículo 75 de esta Ley hacendaria; sin embargo, mediante el decreto publicado en el POE el 22 de diciembre de 2021*, se aumentó dicho porcentaje con el fin de apoyar las finanzas deficitarias con las que inició la gestión de nuestra actual Gobernadora, quien en convenio y con anuencia de los empresarios acordaron aplicar tasas transitorias para los ejercicios fiscales de 2022 y 2023 de acuerdo a lo siguiente:

Tasa del ISN aplicable

Ejercicio fiscal al que Aplica

4%

2022

3.5%

2023

*Decreto No. LXVII/RFLEY/0108/2021 I P.O. Artículo Tercero Transitorio

Es importante detallar que la reforma a este tributo modificando la tasa a la alza, subiéndola temporalmente del 3% al 4%, y bajándola gradualmente al 3.5%, fue consensuada con los representantes del sector empresarial, pues conscientes de la situación económica emproblemada con la que inició el Gobierno Estatal, se sumaron al apoyo pactando respaldar el decreto ya mencionado, que concretamente en el segundo párrafo del artículo tercero transitorio indica: “… los ingresos adicionales que se recauden con motivo de la aplicación de las tasas señaladas en este artículo, respecto de los ingresos que se hubieran obtenido de haber aplicado la tasa 3% establecida en Ley ... durante los ejercicios fiscales 2022 y 2023, se destinarán a cubrir necesidades presupuestales en materia de salud, educación, seguridad pública, así como al saneamiento financiero…”

De acuerdo a lo anterior, habría que precisar que la tasa aplicable a la base de este gravamen (ISN) a partir del 1º de enero del 2023 será el 3.5%, esperando regresar a la tasa original que señala la disposición tributara del 3% para el ejercicio 2024.

No obstante, el propio Gobierno también sensible a la situación económica difícil y en apoyo a los contribuyentes de este impuesto, especialmente enfocado a las micro, pequeñas y medianas empresas chihuahuenses, estos últimos años ha otorgado un estímulo fiscal, el cual se ratificó para este ejercicio 2023, incluyéndolo en el artículo décimo de la propia Ley de Ingresos del Estado de Chihuahua, que como anteriormente mencionamos fue publicada el pasado 24 de diciembre 2022, disponiendo: Se otorga un estímulo fiscalconsistente en la reducción en el pago** mensual del impuesto causado, de acuerdo con la siguiente tabla:

Número de Empleados en el Mes

Estímulo Fiscal Mensual**

De 1 a 10 empleados

20%

De 11 a 30 empleados

10%

De 31 a 50 empleados

5%

Ahora bien, la autoridad fiscal puntualiza que, para estar en posibilidad de aplicar el estímulo en comento, el contribuyente además de estar al corriente con el pago del ISN, debe realizar a más tardar el 31 de enero del presente año, el trámite correspondiente ante la Oficina Recaudadora presentando lo siguiente:

Original y copia para su cotejo de

  • Escrito libre mediante el cual solicita la aplicación del estímulo fiscal, haciendo énfasis que debe contener los requisitos mínimos de identificación del contribuyente, así como indicar el domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del Estado y el nombre de la persona autorizada para recibirlas.
  • Cédula de determinación de cuotas del IMSS y su comprobante de pago, correspondientes al mes de diciembre de 2022.
  • Constancia de Situación Fiscal emitida por el SAT.
  • Opinión (positiva) de cumplimiento de obligaciones fiscales estatales y federales coordinadas emitida por la Secretaría de Hacienda del Estado.
  • Identificación oficial con fotografía del contribuyente o su representante legal.
  • Los documentos que acrediten la personalidad cuando se actúe a nombre de otro o de personas morales.

Así mismo, advierte la autoridad que el estímulo se aplicará respecto a cada uno de los periodos de pago (mensualmente) por el ejercicio fiscal 2023, y deberán ser cubiertos en tiempo dentro del plazo establecido tanto su declaración como el entero respectivo.

En resumen, de acuerdo a lo analizado es recomendable revisar si nuestros negocios o las empresas que apoyamos están en posibilidad de aplicar este estímulo al impuesto sobre nóminas por el ejercicio 2023 para preparar con tiempo la documentación y efectuar oportunamente el trámite correspondiente, con el fin de reducir en la medida de lo posible el pago mensual y así optimizar los flujos financieros; tan necesario en estos tiempos difíciles por los que está pasando nuestra economía.


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