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Regula España el “Home Office”; empresa deberá dar equipo de trabajo

Este día las autoridades españolas regularon el trabajo a distancia en todo el país y aprobaron modificaciones para facilitar el Ingreso Básico Universal (IBU).

Por: Redacción 22 Septiembre 2020 12 16

Tras reuniones entre el Consejo de Ministros, las organizaciones sindicales CCOO y UGT, así como con las cámaras empresariales CEOE y Cepyme, lograron aprobar este martes el Real Decreto-Ley que regula el trabajo a distancia en el país y facilita el pago del IBU.

María Jesús Montero, portavoz del Gobierno, declaró que la norma esta a la vanguardia de forma en reglamentos y es un ejemplo de importancia sobre el diálogo social que llevaron las distintas organizaciones.

Concerniente a lo aprobado, las autoridades españolas indican que los patrones no podrán hacer despidos imparciales, los que tienen una indemnización menor de 20 días por año, justificando la falta de adaptación al teletrabajo.

El acuerdo señala que el trabajo a distancia es de carácter regular si alcanza al menos el 30% de la jornada o el porcentaje proporcional equivalente en función de la duración del contrato de trabajo, en un periodo de referencia de tres meses.

El “Home Office” deberá ser pagado por la empresa y no podrá suponer como una obligación del trabajador de poner equipo, herramientas y medios vinculados al desarrollo de la actividad laboral.

 


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