Ejército en las calles “será primer respondiente”: Alfonso Durazo
Infantería de Marina - Foto ilustrativa
El decreto para que las Fuerzas Armadas estén en las calles tiene el objetivo de que sean el “primer respondiente”, afirmó Alfonso Durazo, secretario de Seguridad Pública federal.
Por: Redacción 12 Mayo 2020 14 55
Este 12 de mayo respondió Alfonso Durazo ante los comentarios por el uso de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública, que significará tener al Ejército y Marina en las calles.
“El objetivo del Acuerdo es darle operatividad al mandato legislativo (la creación de la Guardia Nacional), facultando a las Fuerzas Armadas como primer respondiente; así de importante, pero también así de simple. Tal apoyo estará siempre subordinado a la Guardia Nacional”, dijo Durazo.
“El Acuerdo se ajusta a los límites y condiciones establecidos en el Artículo Quinto Transitorio, y forma parte de ese andamiaje legal aprobado, reitero, por los partidos políticos prácticamente por unanimidad”, aseveró vía Twitter.
El Artículo Quinto Transitorio que refiere el titular de Seguridad Pública no es el decreto, porque esos los emite directamente el Gobierno, sino que habla de la ley que crea la Guardia Nacional, aprobada el año pasado.
El decreto que pone al Ejército en las calles.
El decreto emitido por el presidente el 11 de mayo establece que “se ordena a la Fuerza Armada permanente a participar de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada subordinada y complementaria con la Guardia Nacional en las funciones de seguridad pública a cargo de ésta última”.
- Más detalles:
Ante ello, agregó Durazo que ese decreto se complementa con la creación de la Guardia Nacional en marzo del 2019, aprobada por el Congreso d ela Unión
El Acuerdo sobre la creación de la Guardia Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el año pasado expresa en su artículo Quinto Transitorio que: “Durante los cinco años siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, el Presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria”.
Las Más Leídas