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Admite Trife demanda del PRI contra la elección de Gobernador

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación admitió la demanda de juicio de revisión constitucional electoral que interpuso el PRI contra la resolución de la elección a gobernador.

Por: Miguel Fierro Serna 16 Agosto 2016 21 24

La admisión fue el pasado 15 de agosto a las 19:30 horas. El juicio de revisión fue interpuesto por el PRI y la Coalición integrada por ese instituto político y los partidos Verde Ecologista de México, Nueva Alianza y del Trabajo, por conducto de Guillermo Dowell Delgado, en su carácter de Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional de Chihuahua en contra del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua.

Para el magistrado Flavio Galván Rivera, de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y en quien recayó el caso, se cumpliron por parte del demandante con todos los requisitos de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, motivo suficiente para admitir la demanda.

Precisó que el PRI y la Coalición cumplieron con los requisitos formales, de oportunidad, legitimación, personería, acreditaron el interés jurídico, la definitividad y firmeza y los requisitos especiales de procedibilidad.

Respecto a los requisitos formales, señalaron: el partido y Coalición que comparecieron como actores, domicilio para oír y recibir notificaciones, identificaron la sentencia impugnada, la autoridad responsable y narraron los hechos que sustentan su impugnación; expresaron agravios que fundamentan la demanda, ofrecieron pruebas y asentaron nombre y firma autógrafa de los promoventes.

En cuanto al requisito de oportunidad este señala que el medio de impugnación que solicitan fue presentado dentro del plazo de los cuatro días que marca la ley. También legitimaron al partido y a la Coalición como actores. Acreditaron en el requisito de personería a Guillermo Dowell Delgado y a Gustavo Cordero Cayente, quienes fueron los que suscribieron la demanda.

El requisito de interés jurídico la parte actora aduce que al emitir la sentencia el Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, violaron los principios de certeza, exhaustividad y legalidad, por lo que resulta evidente que tiene interés jurídico, esto independientemente de que le asista o no la razón en cuanto al fondo de la litis a los demandantes.

Sobre la definitividad y firmeza, otro de los requisitos, el magistrado consideró que están satisfechos todos los medios de impugnación previos antes de llegar al TEPJF.

Finalmente en cuanto a los requisitos especiales de procedibilidad acreditó el PRI en su demanda tres: 1. Violación a los artículos 16, 17, 41 y 99 constitucionales; 2. Alegan que existe la posibilidad jurídica de reparar el agravio si revocan la resolución impugnada y 3. Acredita que el TEPJF revisará una violación determinante, ya que la sentencia que pueda pronunciar la sala superior, puede afectar al resultado final de la elección a Gobernador en el Estado de Chihuahua.

Luego de la admisión de la demanda, la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, prepará la sentencia correspondiente y tiene como plazo hasta el 3 de octubre del presente año.


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